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15 Cosas que no hay que homologar

Muchos de vosotros nos preguntáis si es necesario homologar ciertos elementos antes de instalarlos en vuestros vehículos. A continuación, te presentamos una lista de las 15 cosas que no hay que homologar, siempre y cuando se sigan las recomendaciones que indicamos. Recuerda que, si la ITV te pone problemas por alguno de estos elementos, puedes contactarnos y te enviaremos el documento que lo especifica en el manual de reformas.

En esta lista hemos mezclado elementos comunes para diferentes tipos de vehículos, como motos, furgonetas y turismos. ¡Vamos allá!

1. Revestimientos interiores

Si los revestimientos interiores del vehículo no aumentan en más del 5% la Masa en Orden de Marcha (MOM) del vehículo, no necesitas homologarlos. Sin embargo, si se trata de una furgoneta con revestimientos completos, es probable que se supere este límite de masa, por lo que en ese caso sí requerirías homologación.

2. Muebles no atornillados

Los muebles que no estén atornillados al vehículo, sino que vayan sujetos a las anillas de carga, se consideran como «carga» y no es necesario homologarlos. La ITV solo puede rechazarlos si detecta que están atornillados.

3. Pilotos traseros e intermitentes LED

El cambio de pilotos traseros o intermitentes laterales por versiones LED no requiere homologación siempre y cuando tengan el marcado de homologación EMARK. Este sello asegura que cumplen con las normativas europeas de seguridad.

4. Cubrecarter y protecciones de los bajos

La instalación de cubrecarter y protecciones en los bajos del vehículo no necesita homologación desde la última actualización normativa. Esto proporciona protección adicional para la mecánica del vehículo sin necesidad de pasar por un proceso extra.

5. Peldaños manuales

Puedes instalar peldaños manuales sin necesidad de homologación, pero deben contar con un avisador acústico que impida que queden desplegados cuando el vehículo esté en marcha. Esto es fundamental para cumplir con las normativas de seguridad.

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6. Cámaras y sensores de aparcamiento

La instalación de cámaras y sensores de aparcamiento no requiere homologación. Sin embargo, si además sustituyes la tercera luz de freno por una nueva, esta deberá tener el marcado S3 y, en este caso, sí sería necesario homologar la modificación.

7. Barras entre torretas de suspensión

Las barras de refuerzo instaladas entre las torretas de suspensión, ya sean delanteras o traseras, no requieren homologación. Son una modificación que se considera interna y no afecta la seguridad general del vehículo.

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8. Batería en el vano motor o bajos

Colocar una batería en el vano motor o en los bajos del vehículo no es considerado una reforma, y por tanto no es necesario homologarlo. Sin embargo, si instalas un soporte metálico adicional en los bajos, este sí requeriría homologación.

9. Antenas de TV

Las antenas de TV no requieren homologación, pero las antenas parabólicas sí. Asegúrate de verificar qué tipo de antena estás instalando en tu vehículo.

10. Cierres de seguridad en puertas

La instalación de cierres de seguridad en las puertas de acceso a la zona de carga no requiere homologación, pero ten en cuenta que no se pueden instalar en las puertas laterales si el vehículo tiene plazas en la parte trasera. Esto se debe a las normativas de seguridad para los pasajeros.

11. Carcasas para espejos retrovisores

La instalación de carcasas en los espejos retrovisores es una modificación puramente estética que no necesita homologación, siempre y cuando no altere la visibilidad ni las dimensiones del espejo.

12. Rejillas de ventilación y aireadores

Instalar rejillas de ventilación y aireadores adicionales no requiere ningún tipo de homologación. Estos accesorios suelen mejorar la circulación del aire sin afectar la estructura del vehículo.

13. Espejos retrovisores en motos

El cambio de espejos retrovisores en motos por otros homologados tampoco requiere homologación, siempre que los nuevos espejos se instalen en la misma ubicación y cuenten con el marcado europeo.

14. Baca en los anclajes originales

Si instalas una baca en los anclajes originales del vehículo, no necesitas homologarla. No obstante, si colocas un elemento fijo sobre la baca, entonces tendrás que incluir la baca también como parte de la homologación.

15. Escalera trasera

La instalación de una escalera trasera no requiere homologación mientras no aumente en más de 30 cm la longitud del vehículo. Si se excede esta medida, entonces sí será necesario homologarla para cumplir con las regulaciones vigentes.

Si tienes cualquier pregunta sobre la homologación de algún elemento en tu vehículo, ¡no dudes en dejarnos un comentario o contactarnos a través de nuestras redes sociales!

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